El SAT es el Servicio de Administración Tributaria en México, este sistema le otorga a cada ciudadano un mecanismo para ingresar al sistema que cuando se une al RFC le permite tener acceso a muchas aplicaciones y servicios de este sistema, si usted no sabe cómo Cambiar Contraseña SAT, continúe con la lectura de este articulo para que lo pueda hacer fácilmente y sin errores.
¿Qué es la Contraseña SAT?
La contraseña SAT está compuesta por una serie de dígitos y palabras, que se entrega de manera confidencial a cada persona que la solicita, y con la que puede hacer diferentes procesos dentro del portal del Servicio de Administración Tributaria, anteriormente tenía el nombre de CIEC (Clave de Identificación Electrónica Confidencial). Esta contraseña se usa para:
- Acceder al Portal privado del contribuyente.
- Realizar Declaraciones y Pagos.
- Emitir Declaraciones detalladas de motivos por las cuales no se efectúa la cancelación (Avisos en cero).
- Hacer la Declaración Informativa Múltiple.
- Transmitir declaraciones anuales.
- Ejecutar la Declaración SAT en línea.
- Hacer Declaraciones de corrección de datos.
- Permite hacer Consulta de transacciones y de comprobantes en papel aprobados.
- Transmitir solicitudes para la obtención de Certificados de Sello Digital para Factura Electrónica.
- Descarga de Certificados de Sello Digital, así como de Firma Electrónica Avanzada.
Recuperación de la Contraseña SAT
La manera de cambiar la contraseña SAT aquí puede ser con una firma electrónica o sin ella. Solo las personas físicas pueden recuperarla sin tener una firma electrónica, pero las personas morales deben obligatoriamente tener su firma electrónica. Para hacer la nueva solicitud se debe ingresar al portal del SAT y seguir las opciones de “Trámites” > “Servicios” > “contraseña” > y por último “Actualización de personas físicas o Generación de personas morales”, este dependerá de cuál es su tipo fiscal.
Si usted tiene su firma electrónica debe ingresar las contraseñas de claves personales y buscar los archivos .key y .cer en el ordenador, USB o en la carpeta en donde las tenga almacenadas. Luego ingrese el RFC y haga la creación de la nueva contraseña con 8 caracteres, en combinaciones de letras y números para que sea una clave de mucha seguridad.
Si usted no tiene una firma electrónica el sistema le pedirá que ingrese su RFC y después haga la selección de los correos electrónicos que haya enlazado con esa RFC. El portal SAT le debe enviar un correo para haga el restablecimiento de su contraseña, pero verifique que este correo sea el que corresponde a su página oficial. Luego al ingresar en el portal escriba los datos de su RFC y haga la creación de la nueva contraseña con las mismas especificaciones que ya mencionamos.
Renovar la Firma Electrónica por la SAT-ID
Las firmas electrónicas tienen una fecha de vencimiento, si esta fecha ya tiene más de un año de haberse vencido o pertenece a una persona moral, deben hacer su renovación directamente en las oficinas del SAT. Si es una persona física y su e-firma tiene menos de un año vencida puede hacer la renovación a través de CertiSAT Web.
Las personas físicas sí pueden hacer una renovación de sus firmas electrónicas a través del portal SAT-ID, siempre que ésta no tenga más de un año vencida para el momento de hacer el trámite en el portal. Para hacer esta renovación la persona debe:
- Ingresar al portal SAT-ID y hacer el trámite de e-firma con una solicitud aprobada por el sistema.
- Certificado digital (*.CER) y Llave de certificado privada (*.KEY) que no tengan más de un año de vencidas.
- La contraseña de la llave privada que se haya usado en archivos anteriores.
- Dirección de correo electrónico.
Aprenda como hacer en México cambiar contraseña Izzi. Ahora bien esta renovación no es procedente cuando suceda alguno de los siguientes motivos, que ha estipulado el artículo 17-H del Código Fiscal de la Federación:
- El firmante lo solicite
- Existe una resolución judicial o administrativa.
- La persona física titular del certificado falleció.
- Se haya disuelto, liquidado o extinguido una sociedad, asociación o cualquier persona moral, en cuyo deben ser los liquidadores los que hagan la solicitud correspondiente.
- Que ocurra una división de una sociedad o la extinción de alguna de las partes por motivo de la división.
- Comprobación que al momento de hacer la solicitud este certificado no cumplió con lo esperado legalmente.
- Si existe riesgo en que los datos cuando se creó la firma no hayan tenido confidencialidad.
Hasta aquí, nuestro artículo sobre cambiar contraseña SAT.
https://www.youtube.com/watch?v=VZEFX_a8tDo