Se me acaba el paro y estoy embarazada: ¿Quién paga?

Si estas embarazada y te preocupa que será de ti y tu hijo el día de mañana, no te preocupes, en este artículo podrás leer las ayudas que tienes a tu disposición según la situación que presentes. Continúa leyendo e infórmate si te estás preguntando qué hacer porque se me acaba el paro y estoy embarazada.

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Qué hacer si se acaba el paro y estás embarazada, aquí te diremos

Se me acaba el paro y estoy embarazada, ¿qué hacer?

Si estás pensando en que se me acaba el paro y estoy embarazada no tienes de qué preocuparte, a continuación, se presentará una serie de situaciones frecuentes con su respectivo método para afrontarlas, así que identifica que situación se asemeja más a la tuya e intenta seguir el procedimiento:

Tengo trabajo, tras un tiempo quedo embarazada para posteriormente recibir la baja por maternidad, pero mientras estaba de baja mi contrato se terminó:

Esta situación es más común de lo que parece y no hay de qué preocuparse. Principalmente hay que tener en claro que así termine el contrato, la madre seguirá recibiendo el pago de baja por maternidad, este será pagado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social durante 4 meses o 16 semanas que es lo que dura la baja por maternidad.

Cuando se termina el período de baja por maternidad, la empleada tiene un lapso de 16 días para realizar un proceso de solicitud de prestaciones por desempleo siempre y cuando ella cumpla con los requisitos de cotización y demás requisitos exigidos para esto.

Los días de baja por maternidad no son descontados a la hora de realizar la cotización de despido ya que este gasto fue por parte del Seguro Social. Aunque existen empresas con acuerdos mutuos con el Instituto Nacional de la Seguridad Social y es necesario saber si la empresa donde la madre hace vida tiene alguno convenio con el INSS.

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Estoy cobrando el paro de prestación contribuida y quede embarazada:

En caso de que una mujer quede embarazada mientras disfruta del beneficio económico que da la prestación contribuida, la mujer debe informarlo inmediatamente a la oficina de empleo, esto se hace a través de un documento indicando la posición que cubre en la situación (maternidad) y además anexar el libro de familia o un documento que avale la situación (este puede ser informe de maternidad)

A partir de que es llevado a cabo el procedimiento anterior, queda suspendido el pago de paro de manera temporal para que la prestación por maternidad entre en vigencia por parte del INSS o Instituto Nacional de la Seguridad Social. Cabe acotar que el pago de paro no se consume durante el tiempo que la baja por maternidad esté en vigencia.

Es importante resaltar que el pago por baja de maternidad no es automático, al realizar el trámite ante el SEPE para suspender la prestación de desempleo, en las mismas oficinas entregarán una copia de la planilla de solicitud que haya realizado la mujer embarazada y con la misma hay que acudir a las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social para posteriormente solicitar la prestación por maternidad.

Luego de que termine el proceso de la baja por maternidad, la mujer deberá acudir a la oficina de empleo para solicitar que sea reactivada la prestación por desempleo, tras esto queda esperar 15 días hábiles para volver a cobrar el paro retomando desde el momento en el que se suspendió. Lo que indica que ningún día del cobro de paro se consume mientras se esté cobrando el paro por baja de maternidad. También puede interesarte Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Soy beneficiada por el cobro del subsidio por desempleo y durante este período de cobro quedé embarazada:

En caso de que una mujer esté cobrando un subsidio por desempleo, la baja por maternidad no afecta al cobro de los subsidios a mujeres desempleadas, por ende, ellas pueden cobrar la ayuda de igual manera como si no hubiera ocurrido nada.

A pesar de que esto no afecta en nada al ingreso monetario de la mujer, tiene el deber de comunicar la baja por maternidad a la oficina de empleo. Concretamente se debe entregar el informe médico para suspender la demanda de empleo.

Siempre y cuando se haya informado y no se requiera sellar el paro, ir a charlas o alguna situación fuera de lo común, el subsidio podrá continuarse cobrando de manera normal y habitual. Si se llega a terminar el subsidio por desempleo y la mujer sigue estando de baja por maternidad, esta no tiene derecho a la prestación de Seguridad Social.

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Hay que tomar en cuenta

Bien aclaradas las situaciones y los beneficios a los cuales se puede aspirar, es necesario tener en cuenta ciertas “normas” o especificaciones, como por ejemplo:

  • La entidad a la que le corresponde reconocer el pago de las prestaciones económicas por baja causadas por maternidad es el Instituto Nacional de la Seguridad Social o INSS.
  • Para obtener más información acerca de las prestaciones por bajas por maternidad, se puede acudir a los centros de información del Instituto Nacional de la Seguridad Social, ir a su página web o llamar al 900 16 65 65. Para ingresar a la web de la Seguridad Social puedes hacer click en el siguiente enlace.
  • Las madres pueden aspirar a solicitar ayudas sociales tras haber tenido a su hijo, una de ellas es el subsidio familiar, siempre y cuando cumpla los requisitos estipulados. La ayuda es de 430 euros durando 18 o 30 meses, y varía según las cotizaciones que existan y la edad del niño.
  • Cuando una mujer trabajadora se encuentra inscrita en la situación de demandante de empleo y pasa a la situación de baja por maternidad, su demanda por empleo queda suspendida hasta que finalice.

Durante la suspensión queda libre de obligaciones como asistir a cursos formativos, sellar paro y otras obligaciones más. Pero ella puede seguir estando activa en los procesos de ofertas de empleo si así lo quiere.

Es necesario recordar que el Gobierno de España trabaja arduamente por el bienestar de sus ciudadanos y por ende, cualquier persona que requiera atención y ayuda social, la recibirá gracias a los planes que este mismo ofrece a sus ciudadanos.

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