Si quieres saber ¿Cómo se realiza una reducción de jornada en contrato a tiempo parcial? será mejor que continúes leyendo este artículo, ya que estaremos desarrollando este tema más a fondo.

Reducción de jornada a tiempo parcial
En cualquier empresa puede suceder una modificación de contrato de algún empleado de jornada completa a una no completa o viceversa, pero ¿e que forma se regulan los cambios al contrato? y ¿Qué pasa cuando el mismo es el que quiere el cambio? De eso hablaremos a continuación.
Los trabajadores pueden ser contratados por dos tipos de jornadas, la completa donde un empleado labora el máximo de la jornada permitida por la ley, que es de 40 horas por semana, o lo que se indique en el Convenio Colectivo y la jornada parcial que es en la que se trabaja menos que la jornada completa.
La jornada laboral debe estar fijada en el contrato de trabajo donde se indique específicamente si la jornada es completa o parcial, el número de horas que tiene que hacer a diario, por semana, meses o incluso por año.
Cambios en jornada completa o parcial
Si el contrato de jornada completa se desea modificar por uno de jornada parcial, la empresa no puede hacerlo de manera unilateral; y de igual forma, la compañía tampoco puede realizar una modificación en un contrato sin el consentimiento del trabajador. El cambio unilateral está prohibido en el artículo 12.4 del Estatuto de los Trabajadores.
La única forma de hacer un cambio es, a través de un acuerdo entre el trabajador y la empresa, si el trabajador no acepta el cambio de la empresa no puede obligarlo ni imponerlo. Y si el trabajador y la empresa llegan a un acuerdo se debe plasmar en el contrato y modificarlo.
En caso de que el trabajador se niega a aceptar este cambio, está prohibido por la ley que sea despedido, sancionado o que sufra cualquier otra consecuencia. En estos casos la destitución puede ser declarada improcedente o nulo y las sanciones o represalias serán anuladas en caso de que el trabajador las impugne.
Reducción de jornada en contrato indefinido a tiempo parcial
La única manera de que la empresa de forma unilateral pueda reducir la jornada de trabajo de algún empleado, es temporalmente, en caso de que haya situaciones económicas, técnicas o productivas, y siempre que se realice el comunicado a través de un ERTE. Esta es la única forma legal para que un trabajador de jornada completa trabaje con una jornada inferior, pero este cambio requiere de causas y es de forma temporal.
Es decir, no se cambia totalmente el contrato de jornada completa a uno de jornada parcial, sino que se mantiene el contrato de jornada completa pero se reduce la jornada temporalmente, y al acabar el ERTE, el trabajador deberá volver a su jornada normal.
Reducción de jornada por cuidado de hijos en contrato a tiempo parcial
Una excepción a lo dicho anteriormente es la solicitud de una reducción de jornada por cuidado de hijo, es un derecho que tiene todo trabajador para una reducción temporal de la jornada. El contrato no se cambia por solicitar esto, y al acabar el período de reducción se volverá a la jornada que se indica en el contrato.
Si acepta un cambio de jornada no podrá pedir paro para compensar la reducción de salario que lleva implícito, de igual forma, tampoco se puede acabar un contrato a jornada completa con una empresa si empieza un nuevo contrato a jornada parcial con la misma.
Reducción de jornada por guarda legal en contrato a tiempo parcial
El derecho a la reducción de jornada por cuidado de menores está regulado en el artículo 37 del Estatuto de Trabajadores y en este se establecen los siguientes términos:
La persona que tenga razones de guarda legal y tenga dentro de sus responsabilidades algún menor de 12 años, tiene derecho a una reducción de la jornada de empleo diaria con la reducción equivalente en el salario, de al menos un octavo y un máximo de la mitad de la duración de este.
Las reducciones de jornada contemplados en este apartado constituyen un derecho individual entre los empleados. Sin embargo, si dos o más trabajadores de la empresa necesitan ejercer este derecho, el jefe debe limitar su ejercicio, siempre que las razones sean justificadas.
La reducción de jornada por guarda legal no implica una alteración en el contrato de trabajo. Un trabajador o trabajadora que tenga contrato laboral temporal o indefinido a uno de jornada completa, no tiene que cambiar este contrato para conseguir uno nuevo de tiempo parcial y debe atenerse a su derecho de reducir la jornada laboral por guarda legal, el contrato sigue siendo el mismo, lo que sucede es que es temporalmente y mientras dure la reducción de jornada o que el menor cumpla los 12 años.
El salario se reducirá proporcionalmente en la que haya reducido su jornada laboral. Una vez que finalice este período de reducción de jornada por guarda legal deberá volver a su jornada anterior.
El cambio de un contrato indefinido de jornada completa a uno de tiempo parcial, no es un cambio en las condiciones de trabajo, sino que más bien se trata de una renovación del documento. Esto se puede hacer mediante un acuerdo entre ambas partes, la empresa y el trabajador.
La conversión de un empleo a tiempo completo a uno parcial y viceversa debe ser siempre de forma voluntaria para el trabajador, no se le puede imponer o como consecuencia de un cambio de condiciones de trabajo.
El trabajador no puede ser despedido ni sancionado o tener consecuencias por el hecho de rechazar esta conversión. Por lo tanto, dicha conversión no puede ser impuesta de forma unilateral por ninguna de las dos partes.
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