Si ya estás jubilado y aún no recibes tu primer pago pensión jubilación, no te preocupes. En este artículo te mostraremos toda la información que debes tener en cuenta sobre la pensión.

Primer pago pensión jubilación
Cuando una persona obtiene la aprobación de su solicitud de jubilación, lo primero que hace es esperar impacientemente el día del primer pago pensión jubilación, pero hay que tener presente que la fecha en que se abona el dinero varía según sea la entidad bancaria.
Siempre que una persona lleve a cabo la solicitud de su pensión seguir los plazos establecidos por la Seguridad Social, los efectos económicos pueden llegar a ser inmediatos, aun cuando intervienen ciertos factores que veremos más adelante.
Efectos económicos de la pensión
Para saber en qué momento se recibe el primer pago pensión jubilación es necesario tener en cuenta ciertos aspectos que pueden variar la fecha del primer efecto económico.
- Trabajadores que se han dado de alta en la Seguridad Social: Se pueden percibir los efectos económicos desde el momento que se produce el cese en el trabajo y cuando la solicitud haya tenido lugar durante los tres meses siguientes a dicho cese o anteriores al mismo. Existen otros casos en que el abono sea realizado con una retroactividad máxima de 3 meses, a partir del momento que se presentó la solicitud de jubilación.
- Los trabajadores que se encuentren en una situación similar a la del alta: Los efectos económicos se perciben desde el día siguiente a la solicitud o que se produzca un hecho causante, dependiendo de la situación similar al alta que se trate.
- Y los trabajadores que no estén dados de alta en la Seguridad Social, ni en una situación similar: Los efectos económicos se percibirán desde el día siguiente en que se realizó la solicitud.

¿Cuándo se cobra el primer pago de la pensión de jubilación?
Por lo general, el primer pago pensión jubilación se tarda en cobrar tres meses cuando mucho y serán realizadas 14 pagas al año, correspondientes a cada mes y dos pagas extraordinarias que serán percibidas en junio y en noviembre.
Una vez se haya realizado tu primer pago pensión jubilación, el abono de tu pensión será realizado por la Seguridad Social en mensualidades vencidas, es decir, cada pago será realizado con fecha valor del primer día hábil del mes en que sea abonado el dinero, hasta el cuarto día natural de dicho mes.
No obstante, existen muchas identidades bancarias que adelantan este pago al día 25. Dicho adelanto se ha percibido incluso durante esta situación de pandemia. Para el año 2020 se percibió el adelanto del pago de la pensión en dos fechas, por diferentes entidades bancarias:
- Día 23 de Septiembre, adelantaron el pago de la pensión los bancos CaixaBank, Unicaja y Bankinter.
- Día 25 de Septiembre, realizaron el abono de la pensión el Banco Santander, Liberbank, Bankia, Banco Sabadell, BBVA, ING y Kutxabank.
- Día 28 de Septiembre, Banca Mach realizó el abono de la pensión.
Otros bancos determinan su día de abono adelantado dependiendo de las circunstancias y si la persona cumple con una serie de requerimientos.
Problemas que pueden presentarse al momento de cobrar la pensión
Existen diversos rumores de que el pago de la jubilación se ha atrasado o ha presentado inconvenientes por los trámites del Ingreso Mínimo Vital, en este tiempo de pandemia. Por lo que la Seguridad Social ha publicado un comunicado desmintiendo dicha situación, afirmando que no se ha presentado ningún inconveniente para el pago de la pensión.
Abono de pensiones 2021
Para el 2021, las personas que reciben la pensión cuentan con un incremento aprobado en cuanto a los Presupuestos Generales del Estado, y los abonos se realizan alrededor de los días 25 de cada mes, como ha venido siendo anteriormente. Como bien sabemos, este abono es responsabilidad de la Seguridad Social, aun cuando las diversas entidades bancarias son las que tienen la potestad de adelantar o atrasar el abono, dependiendo de las circunstancias.
Para el año 2021 se incrementó entre 2 y 11 euros el abono de la pensión, según lo informa Europa Press, de modo que las cantidades correspondientes a las pensiones contributivas se verían reflejadas de la siguiente manera:
- Jubilados con 65 años de edad y poseen un cónyuge a cargo: el abono de la pensión correspondiente es de 851 euros al mes.
- Jubilados que tienen menos de 65 años de edad y posee un cónyuge a cargo: la pensión corresponde a 797,9 euros mensuales.
- Los que no tienen cónyuge: El monto de la pensión es de 689,7 euros al mes.
- Jubilados con más de 65 años de edad y tienen un cónyuge que no está a su cargo: el ingreso es de 654,6 euros al mes.
- Jubilados que tienen menos de 65 años de edad y no poseen cónyuge: reciben 645,3 euros mensuales.
- Los Jubilados con menos de 65 años de edad y poseen un cónyuge pero que no está a su cargo: el ingreso de la pensión correspondiente es de 609,9 euros mensuales.
Para aquellas personas que se encuentran en una situación específica y reciben el abono de la pensión máxima, el monto queda establecido en 2,707 euros mensuales. En el caso de las pensiones no contributivas, el aumento fue de 1,8% de modo que el ingreso de la pensión quedo de la siguiente manera:
- Pensión mínima en caso de viudedad: Aumenta entre 4,7 y 7,2 euros mensuales.
- Pensión mínima en caso de gran invalidez: Si el jubilado posee un cónyuge a cargo puede recibir hasta 1276,5 euros al mes, o en caso de que no posea un cónyuge a cargo, quedaría en 1034,6 euros mensuales.
- Pensión mínima en caso de presentar una incapacidad absoluta: el monto puede llegar hasta los 851 euros mensuales si posee un cónyuge a cargo o quedar en 689,7 euros mensuales para los que no posean un cónyuge a cargo.
- Pensión mínima de orfandad: aumenta gasta los 210,8 euros al mes.
Es importante que tengas en cuenta estos montos para cuando sea momento de recibir el primer pago pensión jubilación. También te puede interesar saber sobre las Ayudas familia numerosa.
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