Incapacidad Temporal Autónomos: Obtener la baja

La incapacidad temporal para autónomos, permite a estos trabajadores beneficiarse de auxilios económicos y otros servicios importantes que brinda la Seguridad Social. Este artículo tiene información valiosa al respecto que te podrá servir de ayuda si te encuentras en una situación como ésta.

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Obtener la baja por incapacidad temporal

¿Qué debo hacer para obtener la baja por incapacidad temporal de autónomos?

Los trabajadores autónomos son aquellos que no dependen de contratos con alguna empresa, pero esto no quiere decir que no tengan los mismos derechos como cualquier otro asalariado.

La incapacidad temporal para autónomos se solicita cuando el trabajador contrae una enfermedad común o es víctima de un accidente que le impide hacer sus labores.

Por eso, las cotizaciones vienen siendo fundamentales para obtener la baja. En este caso, un empleado autónomo, cotizará por incapacidad temporal en la clasificación de contingencias comunes. Y es vital, para el trabajador autónomo y el resto de los asalariados, continuar cotizando aun estando de baja. Para cuando sea el momento de darse de alta, el empleado autónomo lo hará en RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).

No obstante, si el empleado autónomo es proactivo en trabajar de forma independiente y para algunas empresas, pueden cotizar por contingencias profesionales en otras entidades asociadas a la Seguridad Social. Al igual que lo hacen los trabajadores registrados en el Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.

¿Qué tipo de accidentes debe tener un autónomo para pedir la baja?

De acuerdo con la Reforma de Medidas Urgentes del Trabajo Autónomos, se consideran “accidentes de trabajo” los que suceden cuando se va camino al trabajo y los que suceden por imprudencia dentro del mismo.

En cuanto a las enfermedades, nos encontramos con la común y la profesional. En la primera, es estrictamente necesario que el autónomo haya hecho cotizaciones previas (con 180 días en los últimos 5 años, para ser exactos). Y en las profesionales, la enfermedad padecida debe aplicar según las normativas de la Seguridad Social. Estas se pueden encontrar anexadas al Real Decreto del 10 de noviembre (1299/2006).

¿Cuántas son las prestaciones por incapacidad temporal de autónomos?

Todo se calcula según la base reguladora. Y son extraídas del mes anterior en que se tiene la baja. Por enfermedad común o accidente no laboral se pagará el 60% desde el día 4 al 20 de la incapacidad temporal. Luego, al día 21, se cancela el 75%. Finalmente, por enfermedad o accidente profesional, se cancela el 75% un día después de la baja médica.

Se les informa a los autónomos que al estar de baja médica por 2 meses consecutivos, la Mutua colaboradora toma la responsabilidad de pagar la cuota de autónomos. Dado a que este tipo de cotizaciones regularmente son muy limitadas. Por eso, se recomienda contratar un seguro por incapacidad temporal de autónomos privado, que ayude a cubrir la baja laboral. Te proporcionamos el siguiente video que te otorga 5 consejos legales para autónomos que debes saber:

En cuanto a la duración de la prestación de la baja, se estima que sea de 1 año, pudiendo ser extendidos hasta 6 meses como máximo. Aclarando que, durante este lapso, debe haber una garantía de alta médica por recuperación.

¿Cómo se solicita la incapacidad temporal de autónomos en el INSS o Mutua?

En primer lugar, debe hacerse una verificación de documentos necesarios para iniciar el trámite. Aquí te los indicamos:

  • DNI.
  • Libro de familia.
  • Modelo IT 1 o Pago directo de IT.
  • Modelo 145.
  • Las últimas 6 cuotas abonada de Autónomos.
  • Número de cuenta bancaria, donde se transferirán los fondos.
  • Declaración de cese o continuación de la actividad.
  • Sustitución de empleado autónomo (de tener un local comercial).

Se establecen 45 días, para realizar esta gestión. Si no se cumple este plazo, se aplicará una sanción.

Por otra parte, es de gran importancia presentar semanalmente, ya sea al Instituto Nacional de la Seguridad Social o la Mutua, el parte de confirmación de baja médica para seguir percibiendo el auxilio económico de incapacidad temporal para autónomos.

Para mayor información, puedes visitar la Sede Electrónica de la Seguridad Social en el siguiente enlace, donde encontrarás los modelos para las solicitudes, certificados, declaraciones y más. También un artículo sobre Solicitar tarjeta del Paro que puede ser de tu interés.

Notificación de incapacidad temporal

Al primer ente que se le deberá notificar es a la Seguridad Social, en un período de 15 días después de la baja. Y mientras dure, el empleado autónomo tiene la responsabilidad de presentar esta declaración cada 6 meses de ser necesario.

Si no presenta la documentación que se exige, lamentablemente se suspenderá automáticamente el pago de la prestación. Esto incluye el compromiso médico que tiene que hacer el autónomo para dar constancia de su baja. Por ejemplo: El médico dispone de 5 días para justificar las propuestas de alta que hacen las Mutuas. De lo contrario, se recurre a una inspección médica para comprobar el estado del paciente. Ahora, si se tiene una cita pautada con el servicio médico de salud y el trabajador autónomo, no asiste, la Mutua suspende obligatoriamente la prestación.

Cambio en las leyes de Incapacidad Temporal

El lenguaje de decretos y reformas legales puede ser muy difícil de comprender para muchos. Sin embargo, para este tipo de trámites es necesario saber de sus ajustes y renovaciones que se hacen con la finalidad de agilizar estas gestiones.

A continuación, te extendemos de manera simplificada los cambios legales que se han de realizar para la Incapacidad Temporal de Autónomos y la ley de contingencias comunes.

Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo

Habíamos hecho mención de lo que se considera un “accidente de trabajo” ¿Porqué? Curiosamente, la Seguridad Social no hacía este tipo de incidentes. Fue hasta en octubre del 2017, con la nueva reforma que se pudo incluir este derecho a los trabajadores autónomos.

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Decreto Ley de Incapacidad Temporal

En el 2014, se hizo un decreto de ley de IT por contingencias comunes, que modificaba el plazo que tenían los médicos para dar respuesta de alta “justificadas”. Anteriormente, estos eran demasiado largos, lo que ocasionaba un retraso y saturación en las gestiones de Servicios Públicos de Salud. También, se añadió la suspensión de prestación por parte de la Mutua cuando ésta se ve incapaz de emitir un alta por ausencia del autónomo a la cita médica.

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