¿Sabías que las empleadas de hogar internas también tienen sus leyes por las que son amparadas? Si no es así, quédate y sigue leyendo este artículo para que conozcas más al respecto de sus regulaciones, horarios y más. ¡Comencemos!

Las leyes que amparan a las empleadas de hogar internas
Aunque parezca algo inverosímil para este tipo de trabajadoras, las empleadas de hogar internas también tienen ciertas regulaciones que las amparan y que el empleador, en este caso el patrono, debe cumplir en la medida de lo posible. De lo contrario, si la empleada considera que se les están violando sus derechos de alguna forma, ésta puede proceder a levantar una demanda en contra del patrón que podría terminar ganando si se demuestra y confirman sus quejas.
Como empleador, si queremos contratar a alguien que se encargue de las tareas de nuestro hogar: la limpieza y mantenimiento de nuestra casa, el cuidado de nuestros niños, el cuidado de adultos mayores como los abuelos y demás; ya sea porque estamos muy ocupados o cualquier otra razón, es imperante que conozcamos y tengamos al menos una noción básica de estas regulaciones, así evitaremos caer por inocentes ante cualquier problemática que surja.
Si lo hacemos por nuestra propia cuenta, podemos tener un gran problema, en cambio, podemos buscar ayuda profesional jurídica que nos ayude en este aspecto.
Regulaciones y horarios de las empleadas de hogar internas
Para que puedas tener una idea y que desde aquí altamente te recomendamos, es visitar la página del Sistema Especial para Empleados de Hogar, siguiendo el link. Allí podrás encontrar con más detalle y de manera mesurada, todo lo referente a este tipo de empleadas; luego de leer este artículo, puedes ir a echarle un vistazo a esa página.
A continuación, te diremos algunos puntos claves que debes tener en cuenta como mencionamos al principio de este artículo; se tratan de las nociones básicas que debes tener al menos antes de contratar a empleadas del hogar internas.
Tiempos de pernoctación y de presencia
Estos son los dos primeros conceptos a mencionar y los que se diferencias entre una empleada de hogar interna y otra externa. Por si no lo sabes, el primer tipo de empleada, en palabras sencillas, es una que va a tu hogar a realizar el trabajo que le corresponda y ésta puede quedarse dentro de ella; mientras que la externa, realiza su trabajo y luego de finalizado, se retira.
Este dependerá de qué tanto quieres preservar la privacidad de tu casa, algunos prefieren más un tipo que otro. Ahora mencionaremos los dos conceptos que acaecen en este caso:
- Tiempo de presencia: en este primer aspecto, se hace referencia al período en el que la empleada tiene la disposición para su patrón; sin embargo, esto no quiere decir que deba estar activa, ya que la trabajadora puede estar descansando o desarrollando cualquier otra actividad que no tenga nada que ver con el trabajo.
Lo importante aquí, es que este período de prueba, no deberá exceder las 20 horas por semana, en promedio por mes; en caso de que esto se rompa, deberá ser por un acuerdo previo entre empleada y empleador, con cierta compensación de descanso. - Tiempo de pernoctación: sencillamente se trata del período en el que la empleada de hogar interna duerme dentro del hogar del empleador.
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Horarios para las empleadas internas
Se trata de otro aspecto bien importante y que irónicamente, gran parte de la población desconoce; por ende, es uno de los principales focos en donde se generan los problemas entre las empleadas y el empleador. Por supuesto, puedes visitar la página del Sistema Especial para Empleados de Hogar que te dejamos más arriba, en donde podrás saber con más detalle de este tema; no obstante, te lo diremos aquí de una manera muy sencilla.
Las empleadas de hogar interna, más específicamente hablando, deben gozar de 8 horas de trabajo diarias y que se pueden ampliar hasta un máximo de 10 horas. Todo esto con una jornada semanal de 40 horas de trabajo y con dos horas de descanso para la misma; además, ellas deben disponer de un total de 36 horas de descanso, que tienen que cumplirse sin interrupción alguna.
Este modelo es el que está enmarcado en la ley y por ende, es el que deben cumplir el empleador y que la empleada vele por que se cumpla este horario. Desde luego, si existe alguna flexibilización de algún tipo en el horario establecido o ampliación del mismo, deberá ser por acuerdo y consentimiento mutuo entre ambas parte; de esta forma, se evitan cualquier tipo de problemas personales e incluso legales.
Salario mínimo para las empleadas
En este aspecto, no está estipulado algún salario específico que pueda recibir una empleada de este tipo; aunque bien, podría decirse que deberá ser igualmente un acuerdo mutuo de entre empleada y empleador de cuál podría ser el salario.
En este caso, la empleada podrá tomar como referencia de su salario mínimo, al SMI (Salario Mínimo Interprofesional) y ver si lo que su patrón le está ofreciendo, es acorde al pago referencial. Igualmente, siempre es bueno contratar a algún abogado que pueda proveer más información acerca de esto.
Se debe tomar en cuenta también, que además del salario que se le está pagando a las empleadas de hogar internas; las horas de presencia (que ya lo explicamos más arriba) también deberán ser remuneradas, y que este pago, no puede ni debe ser menor que el salario de las horas de trabajo normales.
Como ves, no se trata simplemente de querer contratar a una persona para que haga la tarea del hogar por nosotros o cuide a nuestros niños; ya que detrás de esto, hay muchas leyes que las amparan y que debes conocer.
Puedes visitar nuestro sitio web en donde encontrarás más variedad de artículos, sobre este tipo de temas legales; algo de suma importancia. Además, te dejaremos un vídeo en dónde podrás indagar aún más en este tema. ¡Hasta luego!