Contrato eventual por circunstancias de producción

Si estás buscando información sobre el contrato eventual por circunstancias de producción, no te preocupes, aquí te mostraremos toda la información que necesitas sobre este contrato temporal tan utilizado en España.

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Pensado en el incremento imprevisto de la producción del mercado

¿Qué es el contrato eventual por circunstancias de producción?

El contrato eventual por circunstancias de producción se refiere a un documento realizado para enfrentar el incremento imprevisto de la producción del mercado, es decir, que da respuesta a las circunstancias del mercado, acumulación de labores o exceso en los pedidos, aun cuando se trata de las actividades laborales normales de la empresa, asimismo, se utiliza para sustituir a aquellos trabajadores que han comenzado sus vacaciones. Este contrato está establecido por el Estatuto de los trabajadores, en el cual expresa:

  • Artículo 15. b:

«Cuando en el mercado se presenta una acumulación de tareas laborales, así como el exceso de pedidos, aun cuando se trata de la actividad laboral normal de la empresa, los contratos solo podrán tener una duración de seis meses como máximo, dentro de un período de doce meses, que comienzan a transcurrir desde el momento que se produzcan dichas causas. Ya sea por convenio colectivo sectorial o estatal, o convenio colectivo sectorial de ámbito inferior, la duración de dichos contratos puede ser modificado, así como también el período dentro del que se pueda realizar en atención de la actividad según las circunstancias en que se puedan producir. En este caso, el período máximo es de dieciocho meses, sin superar la duración del contrato las tres cuartas partes del período de referencia establecido.»

Por medio del contrato eventual por circunstancias de producción se pueden determinar las actividades laborales en las que pueden contratar a trabajadores eventuales, además de fijar los criterios relacionados al volumen de la modalidad contractual y la planilla de la empresa.

Como hemos visto, este documento se utiliza en caso de coyunturas transitorias, las cuales no abarca la planilla actual y no se puede justificar el incremento del personal fijo. De este modo, se basa en tres requisitos: Que la situación no sea repetitiva, que sea temporal y que se realice para incrementar las necesidades productivas.

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Conoce las características y aspectos relevantes sobre este contrato eventual.

Características del contrato eventual por circunstancias de producción

Se podrá establecer el contrato a tiempo completo o a tiempo parcial, según las circunstancias en las que se encuentre.

Duración

  • La duración máxima de estos contratos se establece entre seis a doce meses.
  • Los convenios colectivos del ámbito sectorial estatal o aquellos convenios colectivos sectoriales de ámbito inferior podrán ser modificados de forma indistinta en los siguientes aspectos: Duración máxima del contrato y el período en el que se puede realizar.
  • Los convenios colectivos no pueden extenderse más de 18 meses, así como su duración no puede exceder las tres cuartas partes del período de referencia establecido, el cual es de doce meses.
  • Si el contrato eventual establece el plazo fechado legalmente, puede ser prorrogado, siempre y cuando ambas partes lleguen a un acuerdo. Esta prórroga solo se realiza una vez, sin exceder la duración máxima.

Formalización

  • Para formalizar estos contratos se debe hacer por escrito en el modelo correspondiente, siempre que su duración supere las cuatro semanas y sea concertado en un tiempo parcial.
  • Este contrato debe estar realizado de forma precisa y completa claridad, de modo que se pueda justificar la causa o circunstancia, asimismo, debe estar establecida la duración y la actividad laboral que debe realizar.

Extinción

  • En caso de alguna denuncia de cualquiera de las partes, el contrato eventual se extinguirá por la espiración del tiempo acordado.
  • En caso de que los contratos que establezcan de forma legal la duración máxima y que se concertaran por una duración inferior, se entenderán como prorrogados tácticamente hasta que culmine la duración máxima. Esto siempre y cuando el trabajador siga realizando actividades laborales en la empresa y no se haya generado alguna denuncia o prórroga expresa antes de su fecha de vencimiento.
  • A partir del año 2015 se aplicó que al finalizar el tiempo del contrato, cada trabajador deberá cobrar una indemnización de 12 días de salario por cada año de prestar servicios laborales en los contratos temporales.

Otras características

Se puede transformar en indefinido, salvo que se presenten pruebas en contra del plazo temporal de la prestación:

  • Falta de su forma escrita, esto provocará que el contrato se entienda como celebrado en horario de jornada completa, a menos de que presente una prueba de lo contrario, constatando el carácter a tiempo parcial de la actividad laboral.
  • No haberse dado de alta en la Seguridad Social, siempre y cuando haya transcurrido un lapso de tiempo superior al del período de prueba.
  • De igual forma, se entenderán como tiempo indefinido aquellos que se celebre fraude de la ley.

Plasmarlo por escrito

Si bien las empresas no se encuentran en la obligación de plasmar por escrito el contrato eventual por circunstancias de la producción que tengan una duración inferior a las cuatro semanas o que sean de tiempo parcial, siempre es recomendable tener un documento que lo respalde, ya que si no se realiza, se puede entender como celebrado a jornada incompleta, fraude de ley, despido improcedente, entre otros.

Informar

Al momento de concertar un contrato eventual se obtienen ciertas obligaciones de información, puesto que la empresa tiene un plazo de 10 días para formalizar el contrato, por lo que debe entregar una copia del mismo a los representantes de cada trabajador, en caso de evadir esta obligación podrían acarrear una multa entre 600 euros y 6.000 euros, durante el mismo plazo, es necesario enviar el documento al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

En caso de que los trabajadores no posean representantes, el contrato deberá expresar claramente que no existe una representación legal. Finalmente, el empleado deberá recibir el contrato por escrito donde se exprese toda la actividad laboral.

Período de prueba

En este caso el contrato eventual por circunstancias de la producción período de prueba debe expresar claramente la duración del mismo y puede marcarse por convenio colectivo. Si la duración del contrato y el período de prueba se encuentran muy cercanos, se le podría otorgar la nulidad apelando como abusivo dicho plazo. También te puede interesar: Papeleta de conciliación.

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