Cómo pasar de baja por enfermedad a riesgo embarazo

En presente artículo podrás observar información relacionada a cómo pasar de baja por enfermedad a riesgo embarazo. Continúa leyendo este post y entérate de todo lo relevante en este tema.

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Baja por enfermedad

Cómo pasar de baja por enfermedad a riesgo embarazo

Hay que tener en claro que a pesar de que ambos son procedimientos en los que se solicita una baja, los dos casos son totalmente ajenos uno del otro, por ende, ambos poseen diferencias. Por ello, te decimos en este artículo cómo pasar de baja por enfermedad a riesgo embarazo.

También es válido mencionar que cualquier mujer en situación de embarazo es capaz de solicitar una baja laboral y posteriormente gestionar los procesos sin ningún tipo de complicación. Pero, a la hora de solicitar una baja por enfermedad estando embarazada es mejor que una baja por un embarazo con riesgo.

La diferencia principal radica en la baja laboral por enfermedad o en su defecto, una incapacidad temporal, los motivos de baja no son el embarazo sino una complicación de salud en la mujer solicitante ya que necesita una asistencia hospitalaria y que esto a su vez deriva en una incapacidad.

Un ejemplo de lo anteriormente mencionado puede ser un dolor de espalda o cansancios del embarazo, en este caso se habla de una baja por enfermedad común y no una baja que sea por una complicación del embarazo.

El subsidio en este caso es de un 60% de base de cotización hasta que se cumplan 20 días que se disfruta el beneficio, tras cumplirse el día 21 en adelante la persona beneficiada cobrará un 75% de la base de la cotización.

En el caso de la baja por riesgo en el embarazo, es una prestación otorgada por derecho a las mujeres embarazadas expuestas a situaciones riesgosas para su período de embarazo y el desarrollo del feto. Como ejemplo se puede entender como ambientes de riesgos, lugares laborales donde exista mucho ruido, temperaturas altas o productos tóxicos.

El proceso para solicitar la baja por riesgo en el embarazo, la solicitante deberá presentarse ante la mutua de la empresa donde trabaja y que ésta realice una evaluación de las condiciones de trabajo de la empleada para saber si son realmente de alto riesgo para la gestación. Si la respuesta es positiva es necesario saber que el porcentaje reguladora que la mujer debe percibir es de un 100%.

¿Es lo mismo la baja por riesgo de embarazo que el embarazo de riesgo?

Respondiendo la pregunta, no. No es lo mismo, incluso es importante jamás confundir el embarazo de riesgo con los riegos durante el período de gestación. Se entiende como embarazo de riesgo la situación donde por situaciones diversas el embarazo es más propenso a complicarse sin importar o involucrar el trabajo de la mujer en cuestión. En caso de que esta sea la situación, hay diversas ocasiones y escenarios en los que la relación laboral no puede suspenderse.

En caso de la baja por riesgo de embarazo se da cuando la trabajadora requiere un cambio de puesto para que no comprometa el proceso de gestación del mismo. Debido a que esto no puede ser procesado técnicamente, se le cede una baja a la trabajadora embarazada.

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Embarazo de riesgo vs baja por riesgo de embarazo

¿Cuál es el proceso para que reconozcan la baja de riesgo por embarazo?

Para solicitar y reclamar el pago de prestación ante mutua por la baja de riesgo por embarazo es necesario que la mujer solicitante deberá:

  • Principalmente deberá solicitar un informe al Servicio Público de Salud en el que deberá dar fe del embarazo con una fecha tentativa para el parto del mismo.
  • La empleada deberá solicitar ante la empresa un certificado en el que constate la actividad que la solicitante desempeña en la compañía y también las condiciones del mismo puesto de trabajo.
  • Deberá aportar un documento de certificado médico en el cual se relate la existencia de un riesgo durante el período de embarazo.
  • Tras haber solicitado todos los documentos competentes, la solicitante deberá acercarse a presentar su solicitud de riegos durante el embarazo ante la mutua, donde aparte deberá facilitar el certificado médico, una declaración de la empresa donde exponga que no hay un trabajo compatible a las necesidades de la solicitante y un certificado empresarial con la cuantía de la base de cotización.

Tras entregar la documentación y la solicitud necesarios ante las autoridades competentes, también deberán ser presentarse en un Centro de Atención de la Seguridad Social.

¿Qué es una baja por riesgo en el embarazo?

Esta baja es concedida a las mujeres trabajadoras que atraviesan la situación de embarazo y su puesto de trabajo puede producir circunstancias, en la cual afecten la salud de la empleada o del feto.

En este caso la empresa está obligada a velar por la salud de su empleada ofreciéndole un puesto de trabajo provisional en el cual ésta no ponga en riesgo la salud del bebé o de ella misma. Pero, como esto generalmente no es posible debido a normas administrativas, a la empleada se le da de baja y la empresa deberá cubrir la pérdida de rentas que es ocasionada por el fin de la relación laboral.

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¿Cuándo se tiene derecho a la baja?

Sí, es cierto que una mujer embaraza tiene derecho a exigir esta prestación, pero es necesario destacar situaciones en las que que el derecho de exigir cobro se dará, por ejemplo, el derecho a exigir el cobro es válido así la empleada esté de vacaciones.

El cobro no será válido si la mujer solicitante se encuentra en estado de excedencia o si es una persona con un contrato fijo discontinuo y esté en la parte inactiva del contrato.

También, el cobro de prestación por riesgo de embarazo será rechazado si la empleada ya se encuentra de baja por incapacidad temporal derivada de una accidente o situación laboral.

Es necesario estar consciente de la situación más cercana a la realidad de la empleada para poder solicitar la prestación necesaria y válida para evitar un rechazo, así que es válido y recomendado educarse acerca de las distintas situaciones laborales posibles que puede atravesar una mujer embaraza que trabaje en la empresa. También puede interesarte Recurso contencioso administrativo nacionalidad.

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