Dale la vuelta a una mala situación, lee el siguiente artículo y entérate de cómo capitalizar el paro, comienza tu propia empresa y destina el 100% del pago de tus prestaciones para convertirte en tu propio jefe, o solicítalo y amortizar el pago de tus cuotas del seguro social.

Capitalizar el paro en España es muy sencillo
Si bien es cierto, que estar de paro no es la forma más ideal de encontrar un aliciente e impulsar la economía, también es cierto que en los momentos más difíciles se encuentran las respuestas.
Hoy en día en España más y más personas han optado por capitalizar el paro, bien sea uniéndose en Sociedades Laborales o conformando Cooperativas. Es por ello, que muchos han sacado el mejor provecho financiero al desempleo.
Muchos jóvenes españoles han comenzado sus propias empresas empleando el cobro único de las prestaciones como forma para arrancar desde cero sus sueños de ser autónomos, en otros casos, algunos se han convertido en socios de negocios establecidos, al emplear este dinero como su participación capital en la empresa. También dos socios pueden aplicar por el pago único y colocarlo como capital de arranque de una empresa.
En líneas generales los requisitos para capitalizar el paro se han simplificado en 3:
- No haber iniciado tu actividad previamente a la solicitud del pago único
- Tener un mínimo de 3 (tres) mensualidades por cobrar
- Que des inicio a tu actividad de sociedad o empresarial, en un tiempo no mayor a un mes después del cobro de tus prestaciones
Estos requisitos simplificados han constituido la base fundamental para salir airosos de la etapa del desempleo y capitalizar el paro SEPE sin mayores complicaciones, ampliando el espectro de aplicabilidad para su cobro y las posibilidades de inversión.
El pago único de las prestaciones de desempleo solo se puede tramitar en La oficina de Empleo o Dirección Provincial de la Entidad Gestora correspondiente o actual Servicio Público de Empleo Estadal (SEPE). Visita el siguiente enlace para obtener la planilla y cualquier información que requieras obtener en la página oficial del SEPE.
¿Quiénes pueden solicitar el pago único?
- Todas aquellas personas que no han tenido ninguna actividad económica sin estar de Alta en el Seguro Social.
- Aquellas personas que tengan pendientes por recibir por lo menos 3 (tres) mensualidades.
- Aquellas personas que desean comenzar una Sociedad Laboral, pueden realizar su solicitud y colocar en su proyecto que su participación en dicha sociedad estará representada por su pago único.
- No aplican aquellas personas que hayan impugnado sus despidos, en esos casos se podrá hacer la solicitud una vez tenga el expediente de su caso resuelto.
En la actualidad y desde la aprobación del Real-Decreto Ley de 2013, los hombres hasta 30 años y las mujeres hasta 35 años, pueden capitalizar el paro al 100% como pago único de la inversión. Las personas con una discapacidad mayor o igual al 33% pueden solicitar el 100% de la prestación contributiva en un pago único.
¿Quiénes NO podrán capitalizar el paro?
- Aquellas personas que en los 24 meses previos a la solicitud de su pago único, hayan compatibilizado el trabajo por cuenta propia con la prestación por desempleo de nivel contributivo.
- Quedan fuera de ésta solicitud aquellas personas que ya hicieron su solicitud de un pago único en los últimos 4 años, éstas no califican para una nueva solicitud, hasta tanto no se pase la fecha de la última solicitud de pago.
Para desarrollar tu proyecto o «memoria de la actividad» existen en la web algunos modelos o formatos descargables. En los últimos años las medidas aprobadas por el gobierno español han simplificado los trámites para las solicitudes, así como también han ampliado o revisado las restricciones para el cobro del pago único.
Esto no limita que se ejerza un nivel de prudencia o supervisión sobre el dinero solicitado, es por ello, que es de suma importancia especificar el objetivo o destino final del emprendimiento, o si ha de servir para que uno de los socios de una empresa establecida empleé este capital para el pago de las deudas del seguro social u otras necesidades.
Requisitos para Sociedad Laboral y Cooperativas
- Presentar la solicitud junto con una memoria de la actividad económica a desarrollar, en caso de las inversiones, sociedades y cooperativas.
- Debes utilizar los portes sin IVA.
- Añadir el impreso de solicitud del pago único.
El gobierno español cada año ha encontrado nuevas formas de facilitar a los socios establecidos el acceso al pago único, como medio para recapitalizar las empresas o para pagar deudas. En caso de socios establecidos; el objetivo es que aquellas Sociedad Laboral que devenguen deudas ante el Seguro Social, apliquen a estos pagos únicos para amortizar las mismas o refinanciar el capital de las empresas que prestadoras de servicios.
Sociedad Laboral y la capitalización del paro
En el SEPE, existen unos requerimientos y trámites específicos aplicables exclusivamente para los socios laborales:
- La aportación del capital social se puede añadir a través de un pago único con el 100% del pago de las prestaciones de alguno o de los socios que comprendan el emprendimiento.
- Si el aporte es inferior a la prestación por percibir, se puede dedicar el restante a compensar las cuotas del seguro social.
- También se puede solicitar el 100% de las prestaciones pendientes para compensar las cuotas mensuales de autónomos.
- Puede solicitar el monto de la prestación necesarios que le sean solicitados para adquirir la condición de socio en concepto de acciones o participación del capital social de la S.L o de la Cooperativa.
- Aquellas personas que estipulen en sus sociedades un período de prueba y presenten su pago único como aporte al capital social, NO recibirán su pago hasta NO superar su período de prueba y presentar ante el SEPE un documento que constate que el período de prueba ha sido superado y éste sea llevado al consejo rector.
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