Ayuda a las víctimas de violencia de género con hijos

Es este artículo te enseñaremos qué puedes hacer para brindar ayuda a las víctimas de violencia de género con hijos. Quédate para aprender más sobre este interesante y necesario tema.

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Aprende todo acerca de las ayudas para las víctimas de violencia de género.

Tipos de ayuda para víctimas de violencia de género con hijos, requisitos y cómo solicitarlas

La ley facilita ayuda a las víctimas de violencia de género con hijos que no tienen trabajo. En el Sistema Público de Empleo, existe una ayuda especial para las víctimas de violencia de género. Nos referimos a la Renta Activa de Inserción (RAI), pero también existen otras ayudas adicionales. Las mujeres víctimas de violencia de género o doméstica, poseen varias clases de ayudas.

La ayuda de pago único

Ayuda destinada a prestar apoyo económico a las mujeres víctimas de violencia de género con comprobada carencia de recursos y con especiales dificultades para obtener empleo. La misma tiene como finalidad, garantizar sus derechos económicos y facilitar su integración social.

Dicha ayuda debe solicitarse, en los Servicios Sociales de cada Comunidad Autónoma. Cada Servicio Social tiene su propia normativa, que desarrolla la regulación estatal (Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre), de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Y están disponibles en todas las páginas web de cada Comunidad.

Puedes ingresar a la página oficial de la Seguridad Social de España a través de este link para que investigues más sobre las distintas ayudas económicas que te puede brindar el Estado.

La Renta Activa de Inserción RAI para víctimas de violencia de género

Ésta es una ayuda extraordinaria creada tomando en cuenta, a aquellas personas que no pueden acceder a otro subsidio y que se consiguen con particulares dificultades para encontrar trabajo; a referir: discapacitados, parados de larga duración mayores de 45 años, emigrantes retornados o víctimas de violencia de género o doméstica.

Requisitos para la ayuda a las víctimas de violencia de género con hijos

Los requisitos para cobrar la ayuda para víctimas de violencia de género con hijos o doméstica, se establecen en el Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre que es por donde se regula la RAI, ya que ésta tiene una normativa específica, no se regula por la Ley General de la Seguridad Social como el resto de los subsidios. Los cuales son los siguientes:

  • Acreditación de la condición de víctima de violencia de género o víctima de violencia doméstica, mediante certificación de los Servicios Sociales de la Administración competente o del centro de acogida, por resolución judicial, orden de protección o informe del Ministerio Fiscal.
  • Ser menor de 65 años.
  • No convivir con el agresor.
  • No tener ingresos propios superiores a 712,50 € mensuales (cifra establecida como tope de rentas para 2020).
  • Que la suma de los ingresos mensuales de todos los miembros de la unidad familiar, (el solicitante, su cónyuge y sus hijos menores de 26 años), dividida por el número de miembros que la componen no supere 712,50 € mensuales.
  • No haber tenido el beneficio de tres Programas de Renta Activa de Inserción anteriores, porque la RAI solo se puede cobrar como máximo durante tres años seguidos, en el caso de víctimas de violencia.

Esta ayuda puede cobrarse durante 11 meses y renovarse después hasta cobrarla por un total de tres años. Se cobra el 80% del IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples), lo que en 2020 son 430,27 euros al mes. Mientras se cobra la RAI no se cotiza por jubilación a la  Seguridad Social, pero sí por prestación sanitaria y protección a la familia.

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¿Cómo realizar la solicitud?

  • Si se tiene certificado digital o DNI electrónico, utilizar la sede electrónica del SEPE para tramitar la solicitud.
  • Presentándola en las Oficinas del Servicio Público de Empleo solicitando cita previa.
  • Utilizar el formulario de pre-solicitud online para enviar la solicitud por Internet.

Las solicitudes las resuelve la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal SEPE y tardan entre uno y dos meses. Para realizar esta solicitud hay que contar con cierta documentación, a saber:

  • Modelo oficial de solicitud, el cual contiene la declaración de rentas de la persona solicitante y de los familiares que convivan con ella o estén a su cargo, el impreso de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y la autorización de petición de información a la Agencia Tributaria.
  • Documentos de identificación del solicitante y de los miembros que convivan o estén a su cargo y que figuren en la solicitud, es decir, el DNI o la Tarjeta de identidad del extranjero, Libro de Familia o documento equivalente en el caso de extranjeros.
  • Deberá probarse la condición de víctima de violencia de género o doméstica aportando sentencia judicial, orden de protección judicial, informe del Ministerio Fiscal o informe de los servicios sociales de la administración pública competente (autonómica o local) o casa de acogida.

Obligaciones de quien solicita la RAI

En la RAI es de suma importancia seguir renovando la demanda de empleo, lo que significa, no dejar de sellar la tarjeta del paro en la fecha prevista. Si esto llegara a suceder implicaría perder la ayuda de todo un año.

Tal incumplimiento de las obligaciones en el caso de la RAI, conlleva a la máxima sanción: baja total en el programa, por lo tanto no hay que descuidarse y estar muy pendiente si se cobra esta ayuda. Si llegara a suceder algún cambio en los requisitos (por incremento de rentas, por empezar a trabajar, etc.) hay que comunicarlo siempre a la oficina de empleo.

Protección especial a través de otras ayudas públicas

Además de las ayudas estatales ya mencionadas y comentadas, hay que citar muy especialmente al Ingreso Mínimo Vital (IMV), para las mujeres víctimas de violencia de género en situación de vulnerabilidad económica.

En todos los requisitos para recibir esta ayuda (IMV), hay alusiones especiales a las víctimas de violencia de género, de manera que se flexibilizan los requisitos para poder acceder a esta nueva ayuda de la Seguridad Social.

Se hace la recomendación de la consulta de la guía de acceso de esta ayuda y de la norma que la regula, el RDL 20/2020. Si este artículo fue de tu agrado, te recomendamos que visites nuestro artículo sobre «Oficina de la Seguridad Social cerca de mí» puedes acceder a él haciendo clic sobre el título.

 

 

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